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eXcusa Nº. 3 – Nadie sale perjudicado, ¡todos ganamos!

El argumento de que la corrupción puede ser un “ganar-ganar” resulta especialmente atractivo como excusa e incluso es posible identificar que se ha incrustado en nuestra cultura a través de creencias cotidianas como “es que el vivo vive del bobo” y “el que no hace los goles, los ve hacer”.

La idea de que la corrupción puede ser de provecho o incluso propia de ciertas actividades económicas o situaciones, y que no son censuradas socialmente ni perseguidas por las autoridades “porque todos lo hacen”, usualmente impulsa a los y las empleadas que recurren activamente al soborno para obtener beneficios indebidos de un servidor público o un socio comercial.

Cuando, p. ej., i) un empleado o una empleada que se enfrenta a un proceso burocrático, como el efectuar un trámite, puede decidir por pagarle a un servidor público para agilizar el proceso “colabóreme que yo le colaboro”; ii) un empleado o una empleada que a un proveedor en la contratación a cambio de beneficios económicos indebidos “y como voy yo”, “un cariñito”, “partimos tajada”.

Estos denominados pagos de facilitación se suelen caracterizar por ser relativamente pequeños y aparentemente evitar un perjuicio mayor, o acceder a un beneficio mayor, por lo que se percibe que favorecen el balance final de la empresa.

Sobre el particular, Transparencia Internacional elaboró un documento para pequeñas y medianas empresas que les enseña cómo desarrollar un programa para contrarrestar todas las modalidades de soborno1.

Las creencias de que los servidores públicos están mal pagados o que están haciendo un favor, se han sumado al argumento para hacer este tipo de pagos y que sean vistos como propinas “ahí le di para el tinto”, “para que se tome una gaseosa” “una ayudita” una donación o simplemente, un pago desinteresado “para colaborarle al pelado”.

Esta práctica se puede potencializar hacia pagos o arreglos más sustanciales cuando van dirigidos a cerrar negocios con terceros.

En este caso, el empleado o la empleada puede ponerse de acuerdo con el tercero, concediendo algún tipo de beneficio indebido o promesas de futuros negocios o modificaciones al actual, a fin de posibilitar o con¬seguir un negocio.

El beneficio (financiero o perjuicio que se evitó) con frecuencia no es pagado directa¬mente de los recursos de la empresa, sino que se adelanta y se integra en la operación comercial. El empleado o la empleada obtiene el contrato sin pagar gastos adicionales, y el tercero obtiene el beneficio indebido. Ambas partes sienten que el negocio se logró con “todo lo que tuvimos que pedalear” y que en la medida que la empresa no tuvo gastos adicionales “nadie sale perjudicado”. Por lo tanto, se considera que el arreglo terminó siendo beneficioso para los dos.

[1] principios_empresariales_para_contrarrestar_el_soborno_ edicion_para_pequena

Ver Pdf Enfrentando los Hechos

Visualice toda la Guía https://bit.ly/3jH3aXs

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